14 de diciembre de 2012

Sancionan ley que habilita votar a partir de los 16 años y con DNI tarjeta.

El Senado bonaerense sancionó este jueves el proyecto que dispone la adhesión de la Provincia a la ley nacional por la cual se habilitó el voto optativo para los jóvenes de entre 16 y 18 años.

La iniciativa, que en la Cámara de Diputados había contado con el acompañamiento de todos los bloques, permitirá que cerca de 500 mil jóvenes bonaerenses voten a los candidatos a gobernador, legisladores, intendentes y concejales a partir de las elecciones del próximo año.

DNI tarjeta

También sancionó la ley que habilita en la provincia de Buenos Aires la emisión del voto con el nuevo soporte tarjeta del Documento Nacional de Identidad (DNI).

La iniciativa, impulsada por diputado del Frente para la Victoria, Mario Caputo, actualiza la legislación provincial para equipararla al Código Nacional Electoral, aunque mantiene vigente la posibilidad de emitir el voto con el DNI, la Libreta Cívica o la de Enrolamiento.

Caputo aseguró que la nueva norma “es parte de un conjunto de leyes que se sancionaron este año que tienen como objetivo ampliar los derechos de los ciudadanos”.

Explicó que las reformas a las leyes electorales “responden a la necesidad de acompañar desde la Provincia de Buenos Aires al proceso de modernización del soporte del Documento Nacional de Identidad (DNI) llevado adelante por el Ministro del Interior y Transporte de la Nación, Florencio Randazzo.

“Los 40 mil documentos por día que hoy emite el Registro Nacional de las Personas permite que todos los argentinos puedan votar, a diferencia de hace unos años en los que miles de compatriotas no tenían su DNI por la demora en la confección y entrega”, destacó.

Agregó que “haber llegado a que más de 20 millones de argentinos cuenten con el nuevo DNI significa que hemos resuelto una deuda con nuestra ciudadanía” y detalló que “hoy, el plazo desde la toma hasta la entrega a domicilio no demora más de diez días”.

La norma sancionada ayer establece que “una  vez emitido el sufragio, el Presidente de mesa procederá a señalar en el padrón de electores de la mesa de votación que el ciudadano emitió el sufragio, a la vista de los fiscales y del elector mismo y entregará una constancia de esa emisión”.