Por ley, los perros guía podrán ir a restaurantes, entrar en los negocios y viajar en colectivo.
Quedó consagrado el derecho al acceso, deambulación y permanencia de los perros guía, en lugares públicos y privados. Fija las obligaciones del usuario y estipula las condiciones sanitarias e higiénicas que debe cumplir.
Se trata de una norma nacional que consagra “el derecho al acceso, deambulación y permanencia, a lugares públicos y privados de acceso público, de toda persona con discapacidad total o parcial acompañada por un perro guía o de asistencia, en condiciones de igualdad con el resto de la ciudadanía”. La ley ya tenía media sanción en la Cámara de Diputados, pero la lucha llevaba 12 años: el primer proyecto se presentó en 2001.
La nueva norma también establece la gratuidad del ejercicio de este derecho y establece una serie de requisitos de habilitación e identificación para que el perro guía sea reconocido como tal, al tiempo que fija una serie de obligaciones para el usuario –como el uso de una correa o arnés para sujetar al animal– y estipula las condiciones higiénicas y sanitarias del lazarillo.

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