Prefectura Baradero: Informativo de Prensa Nº 05/19 para embarcaciones con servicios especiales.
La Prefectura Baradero informa que en relación a la Seguridad de la Navegación, las embarcaciones deportivas o de recreación inscriptas en el Registro Especial de Yates (REY) y/o Registros Jurisdiccionales (BARA, SPED, ZARA, etc.) que efectúen el transporte de pasajeros con fines diversos de recreación, turismo o pesca, bajo la modalidad de contratación directa al propietario haciendo omisión de la normativa vigente, deberán poseer la certificación y habilitación prevista en la Resolución del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos Nº 285/03 “REGLAMENTO PARA LA HABILITACIÓN Y REGISTRO DEL PERSONAL NAVEGANTE CORRESPONDIENTE A BUQUES CON SERVICIOS ESPECIALES” y el Agregado 1 a la Disposición RPOL, 008 Nº 01/03 “CONDICIONES DE SEGURIDAD DE EMBARCACIONES CON SERVICIOS ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES RECREATIVAS, GUIA DE PESCA, TURISMO AVENTURA, ECOTURISMO Y/O AFINES”.-
Para mayor información los interesados podrán dirigirse a la Prefectura Baradero (Sección POLINAVE), sito en calle Almirante Brown Nº 251 – TEL: (03329) 480205 / E-mail: bara@prefecturanaval.gov.ar; o a la Dependencia más cercana a su domicilio (www.prefecturanaval.gob.ar).
FIRMADO: CRISTIAN HORACIO ENRIQUE – SUBPREFECTO – JEFE PREFECTURA BARADERO.-

