2 de diciembre de 2025

ARCA actualiza el régimen de IVA para ventas por plataformas digitales

ECONOMÍA

ARCA actualiza el régimen de IVA para ventas por plataformas digitales

ARCA anunció una actualización del régimen de IVA que afecta a quienes venden productos o servicios a través de plataformas online como Mercado Libre. La medida busca modernizar los parámetros ante el crecimiento del comercio electrónico y brindar mayor claridad tributaria.

Quiénes quedan alcanzados

La norma aplica a personas que venden por Internet sin estar inscriptas como responsables de IVA, exentas/no alcanzadas, o inscriptas en Monotributo.
Si las ventas se realizan de forma habitual, el vendedor pasa a ser considerado “sujeto no categorizado” y deberá regularizar su situación.

Nuevos parámetros de habitualidad

ARCA fijó nuevos límites para determinar cuándo una persona vende de forma habitual:

Habitualidad mensual:

10 o más operaciones

o un monto total igual o superior a $750.000

Habitualidad por cuatrimestre:

4 o más operaciones por mes

y un monto acumulado mayor a $750.000

Bienes usados de uso personal:
No se considera habitualidad si el total vendido es menor a $1.500.000, siempre que el vendedor lo declare previamente.

Qué implica ser “sujeto no categorizado”

Una vez superados los límites, desde el mes siguiente el usuario queda alcanzado por el régimen, hasta que:

se inscriba en IVA o Monotributo, o

deje de cumplir los parámetros de habitualidad.

Las plataformas deberán exigir CUIT, CUIL o CDI, y mostrar en las facturas las percepciones de IVA de forma clara y discriminada.

Cambios en las notificaciones

ARCA reemplaza las notificaciones vía Domicilio Fiscal Electrónico por una consulta disponible en el servicio “Nuestra Parte” con clave fiscal.

Cuándo entra en vigencia

La Resolución General 5794/25 rige desde el 1 de diciembre de 2025, y aplica a todas las operaciones electrónicas realizadas desde esa fecha.

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