Dictan una medida cautelar: La Corte provincial considera inaplicable exigencias de nueva ley electoral a partidos

La Suprema Corte bonaerense resolvió el lunes dictar una medida cautelar declarando inaplicables los artículos 4 inciso e), 5 incisos a) y b) y 6 de la nueva ley electoral provincial, a partir de una presentación realizada por la Coalición Cïvica (CC), en reclamo de los requisitos exigidos a los partidos políticos para su presentación en las elecciones de agosto.

Las normas alcanzadas por la resolución son aquellas que fijan el número y las exigencias bajo los cuales se deben acreditar las adhesiones que deben presentarse para las candidaturas de Gobernador y Vice, senadores y diputados provinciales.

Los artículos establecen, entre otras cuestiones, que los partidos reúnan una cantidad de adhesiones firmadas, a ser presentadas este mes, y acompañadas por fotocopia de DNI de las personas firmantes, una de las medidas más resisitidas.

En cuanto a la exigencia prevista para las candidaturas distritales, el máximo tribunal señaló que no se advierte imposibilidad material para cumplir con las exigencias de la mencionada norma, por lo cual, en relación a este punto, no hizo lugar al planteo del partido opositor.

En su decisión, la Justicia señaló que a fin de garantizar principios fundamentales del derecho electoral como los de participación y representatividad popular, “cabe exhortar a los restantes poderes del Estado a regular los procesos electorales con sentido de oportunidad, y, en particular, a la Junta Electoral, a tener presente lo que aquí se decide”.