24 de febrero de 2012

Cómo se tramita el CUIL para trabajadores extranjeros

Los extranjeros que residan en el país de forma transitoria o permanente y que necesiten obtener su CUIL deben acercarse a una delegación de ANSES para realizar el trámite que generará su número.

Quienes tengan residencia no permanente en el país deberán presentarse con original y copia de: pasaporte, o el Certificado de la Dirección Nacional de Población y Migraciones (residencia precaria o temporaria), o un permiso de Ingreso al País expedido por el consulado y el documento extranjero que acredite su identidad.

Los extranjeros con residencia permanente deberán presentar original y copia de la primera y segunda hoja del DNI, más la del domicilio actualizado.

Este trámite también puede realizarlo un futuro empleador, presentando la misma documentación que debe adjuntar el titular, más un formulario de ANSES, que en el caso de un extranjero con residencia no permanente en el país, deberá ser el de “Solicitud de CUIL Provisorio” y para aquellos con residencia permanente será el formulario de “Solicitud de CUIL”.

Asimismo, ANSES informa que hoy, 24 de febrero, cobran los jubilados y pensionados cuyo haber mensual supera la suma de $1627 y sus documentos finalizan en 2, 3, 4 y 5 y los beneficiarios de la Prestación por Desempleo –PLAN 1– cuyos documentos finalizan en 0 y 1.