9 de mayo de 2014

Comunicado de la Dirección de Inspección General sobre el uso de casco y chaleco.

En el marco del Decreto Nº 220/14, de Emergencia y Seguridad Publica, se establece las condiciones técnicas para el uso obligatorio para acompañantes de moto vehículos, de chaleco reflectantes y casco reglamentario con el dominio del rodado impreso.

 Para el casco la dimensión mínima de cada letra y número debe ser de 3 cm de alto por 2 cm de ancho, y el ancho interior de cada letra y numero de 0,5 cm. La identificación de dominio del moto vehículo no debe coincidir con el color del fondo del casco.

Para el chaleco: color: amarillo, amarillo arena, o amarillo naranja, deberá tener dos bandas reflectantes horizontales, en la parte superior y posterior  con una separación de 14 cm. En el centro delas bandas llevará impreso el dominio del metovehículo con las siguientes dimensiones: cada letra y número: 10 c. alto, 6 cm de ancho, y el ancho interno de cada letra y número será de 1,5 cm.

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