Los trabajadores pueden acceder a una jubilación por haber trabajado en el exterior
ANSES recuerda que todos los trabajadores pueden percibir una prestación por Convenio Internacional siempre y cuando hayan desarrollado tareas en relación de dependencia o autónomas con los países con los que la Argentina contrajo acuerdos.
Estos convenios fueron realizados con Brasil, Chile, Uruguay, España, Portugal, Grecia y el MERCOSUR y establecen reglas recíprocas que deben cumplir las personas, que prestaron servicios en esos países, con el fin de obtener las prestaciones previstas en las legislaciones de cada uno de los Estados que suscribieron el acuerdo.
En ANSES se puede gestionar la prestación y cobrar el beneficio personalmente o mediante un representante.
Asimismo, ANSES informa que hoy, lunes 17 de octubre, cobran los jubilados y pensionados cuyo haber mensual no supera la suma de $1627 y cuyos documentos terminan en 4, los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) cuyos documentos concluyen en 7 y los de la Prestación por Desempleo –PLAN 1– cuyos documentos finalizan en 0 y 1. Mañana, martes 18 de octubre cobran los jubilados cuyos documentos terminan en 5, los beneficiarios de la AUH cuyos documentos concluyen en 8 y los de la Prestación por Desempleo –PLAN 1– cuyos documentos finalizan en 2 y 3.

