4 de agosto de 2014

Proyecto de Ordenanza: 400 años en Murales…

VISTO:

El cierto grado de deterioro que se observa en muros y paredes de diversos sectores de la ciudad, tanto de índole público como privado, la necesidad de regular su uso y promover acciones que tiendan a mejorar ésta situación en pos de embellecer la misma, enriqueciendo y protegiendo estos espacios camino a los 400 años de Baradero.

CONSIDERANDO:

Que el mal estado en que se encuentran estos espacios, generan una imagen desagradable, tanto para los ciudadanos de Baradero como también para los visitantes que se acercan permanentemente a nuestra ciudad.

Que nos encontramos cerca de cumplir 400 años y poseemos una rica, extensa y valiosa historia, circunstancia que amerita generar acciones para embellecer la ciudad esperando arribar a tan importante festejo de la mejor manera.

Que debemos defender y promover que la utilización del espacio público sea igualitario y en beneficio del conjunto de los ciudadanos.

Que debemos plasmar en imágenes y palabras el orgullo que sentimos de vivir en Baradero, el poblado más antiguo de la Provincia de Buenos Aires.

Que es importante generar la realización de acciones positivas que permitan ilustrar los orígenes, la identidad, las costumbres, tradiciones, bellezas naturales y edilicias de nuestro partido.

Que es fundamental, la participación ciudadana,  para llevar adelante acciones como las que aquí se mencionan, fomentando así el valor por el cuidado y la  protección de los espacios públicos.

Que estas manifestaciones artísticas colaboran en la construcción constante de la cultura local de nuestra población.

Que sería éste un aporte al fortalecimiento turístico de nuestra ciudad, mediante la realización de expresiones artísticas y culturales de nuestros estudiantes y ciudadanos.

POR LO EXPUESTO Y EN USO DE SUS ATRIBUCIONES EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BARADERO APRUEBA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

Art. 1

Crease el programa “MURALES DE MI CIUDAD”, dependiente de la Secretaría de Cultura, Educación y Turismo de la Municipalidad de Baradero, con el objeto de promover acciones que tiendan a mejorar el estado estético de muros y paredes de edificios públicos y privados, contribuyendo al fortalecimiento turístico de nuestra ciudad y al cuidado y valoración  del espacio público.

Art 2

El presente programa promoverá la realización de MURALES que ilustren diferentes sectores y paisajes de Baradero, Alsina, Portela y Santa Coloma, como también la inscripción de frases, mensajes, poesías o poemas que hablen de nuestra historia, identidad, tradiciones o buenas costumbres.

Art 3

La Secretaría de Cultura, Educación y Turismo será la coordinadora del Programa siendo sus responsabilidades y funciones:

A-Realizar un relevamiento de los muros, tapiales o paredes disponibles pertenecientes a los edificios públicos, como así también, generar acuerdos con privados que posibiliten la utilización de espacios de esta índole.

B-Otorgar a  las escuelas primarias y secundarias del Partido de Baradero un espacio determinado, indicándole la temática y posibilitándole los materiales necesarios para que estas puedan plasmar allí su participación en el presente programa mediante la realización de un mural.

C-Fiscalizar de manera constante el desarrollo del programa y controlar que no se produzcan destrozos o deterioros de los MURALES una vez concluido el mismo y de manera permanente, como así también, promover y posibilitar la creación de nuevos MURALES en todo momento.

D- Confeccionar una mapa de registro que le posibilite tanto al ciudadano de Baradero como al visitante, realizar un recorrido por los diferentes sectores de la ciudad con el fin de observar los murales creados por nuestros jóvenes, en donde se especifique la escuela que lo llevó a cabo y una breve referencia sobre el MURAL que allí se observa.

Art 4

El presente programa estará abierto a las escuelas y comunidades de Baradero, Alsina, Portela y Santa Coloma.

Art 5

Inclúyase el programa “Murales de mi cuidad” en el programa de festejos por el cumpleaños de los 400 años de nuestra ciudad, como un aporte a nuestra cultura local.

Art 6

Prohíbase la realización de todo escrito o manifestación gráfica en muros, tapiales o paredes de edificios públicos  del partido de Baradero que no se encuentren contemplados en el presente programa. Quedan exceptuados los escritos o gráficos realizados por privados en muros o paredes de su propiedad.

Art 7

Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

Art 8

De forma.

               

                                                                        CONCEJAL MARTIN CÁRDENAS   

                                                                        CC-ARI                             

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